15/05/2024 - LOCAL
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La Delegación de Fiestas del Excmo. Ayuntamiento de la Villa de Trebujena convoca el XXXII Concurso de Carteles para las Fiestas Patronales de 2024 de acuerdo con las siguientes bases:
1. Las dimensiones del cartel original deberán ajustarse a alguna de las siguientes medidas:
· 70 cm de alto por 50 cm de ancho.
· 100 cm de alto por 70 cm de ancho
Quedándose descalificado todo aquel que no tenga estas dimensiones.
2. La obra deberá ser a todo color e inédita bien en pintura, dibujo o fotografía.
3. La presentación de los trabajos deberá hacerse sobre superficie rígida.
4. Los originales se presentaran sobre lema y en sobre cerrado adherido al soporte, se incluirá el nombre y apellidos, dirección y teléfono del autor o autora.
5. Los trabajos se presentaran en el registro general del Ayuntamiento desde el 3 al 17 de junio del 2024.
6. Se establece un único premio de 400€ al mejor cartel, quedando este en propiedad del Ayuntamiento con todos los derechos de libre reproducción y difusión.
7. Para la concesión de este premio de designara por la Delegación de Fiestas del Excmo. Ayuntamiento de Trebujena un jurado que valorará tanto la expresión artística como la calidad de la técnica utilizada y su relación con los elementos culturales de Trebujena y sus Fiestas Patronales. El fallo del jurado será inapelable.
8. El fallo del jurado se hará público el día 21 de junio de 2024, siendo expuestos al público todos los trabajos presentados desde este día hasta el 8 de julio.
9. Solo en caso de que forme parte de la composición, se incluirá la leyenda “FIESTAS PATRONALES DE TREBUJENA 2024 – Del 14 AL 17 DE AGOSTO” y el ESCUDO DE LA VILLA. En caso contrario, la leyenda y el escudo se incluirán al realizar la reproducción impresa.
10. Los y las concursantes, por el solo hecho de participar, aceptan íntegramente el contenido de estas bases.
11. Los autores y las autoras no premiados podrán retirar sus trabajos hasta el 22 de julio, pasado el cual, se entenderá que renuncian a toda propiedad sobre los mismos, pudiendo darles el ayuntamiento el destino que crea conveniente.
12. Para lo no previsto en estas bases se estará a las disposiciones de la Organización del Concurso.